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El nuevo cuadro tarifario de AySA que regirá a partir de noviembre

El Ministerio de Obras Públicas oficializó el esquema de segmentación. También recomendó que el Ente Regulador de ese servicio conforme un registro de usuarios para establecer el mantenimiento de los subsidios según su lugar de residencia.


El Ministerio de Obras Públicas oficializó el esquema de segmentación tarifaria que regirá a partir de noviembre para los usuarios de Agua y Saneamientos Argentinos (AySA), y encomendó al Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS) la conformación de un "Registro de mantenimiento de subsidios".


La medida se dispuso a través de la resolución 183/2022 de la Secretaría de Obras Públicas publicada este miércoles en el Boletín Oficial, "a fin de evitar errores de exclusión", teniendo en cuenta que la segmentación establece una reducción de subsidios diferenciada según su coeficiente zonal.


De esa forma, los usuarios de la categoría residencial y baldío cuyos inmuebles se encuentren en áreas de Coeficientes Zonales 1,45; 1,30 y 1,10 (barrios del sur de la Ciudad de Buenos Aires y la mayor parte del conurbano bonaerense) pasarán a pagar una tarifa que resultará de una reducción de 45% del valor pleno en noviembre y diciembre, del 30% en enero y febrero de 2023 y del 15% a partir de marzo del año próximo.



Las categorías

Los usuarios de la categoría residencial y baldío cuyos inmuebles se localizan en áreas de Coeficientes Zonales 2,00; 1,80 y 1,60 (nivel medio, en barrios del centro y oeste de CABA y determinados puntos del Gran Buenos Aires), tendrán un descuento del 40% en el último bimestre de 2022 y del 20% en el primero de 2023, eliminándose las quitas a partir de marzo.


Los no residenciales, sin distinción de coeficiente zonal, tendrán un esquema de reducción similar al de los usuarios de zonas de ingresos medios.


La resolución señala en sus considerandos que AySA había elevado una propuesta de segmentación tarifaria que incluye "un esquema de subsidios transitorios para usuarios y usuarias residenciales en zonales bajos y medios y para usuarios y usuarias no residenciales".



"A fin de evitar errores de exclusión, la Concesionaria propone la implementación de un 'Registro de Mantenimiento de Subsidios' a la cual podrán acceder los usuarios y usuarias residenciales de los zonales altos y medios", añadió.


La tarifa social

También se aclaró que, de cara al nuevo esquema tarifario, AySA "estima un incremento en el presupuesto del Programa de Tarifa Social como una herramienta de apoyo a aquellos usuarios y usuarias que no pueden hacer frente al pago total de la factura permitiendo el acceso al agua potable".


Esa propuesta, se agregó en los considerandos "tiene el objeto de fortalecer los ingresos de la Concesionaria y a la vez focalizar los esfuerzos del Estado Nacional en la asistencia de los usuarios y usuarias que pueden presentar dificultades para hacer frente al pago pleno de los servicios".


Por tal razón, la Secretaría de Obras Públicas consideró "necesario, oportuno y conveniente actualizar los criterios de asignación de subsidios a los usuarios y usuarias que reciben el servicio prestado por AySA sin desatender los parámetros que les dieron origen".


A los efectos de la revisión de la distribución de subsidios, "resulta procedente utilizar los coeficientes zonales, dado que los mismos conforman el sistema de subsidios intra tarifario entre los distintos niveles socioeconómicos", y son "la herramienta tarifaria existente que mejor interpreta las diferencias de valuación inmobiliaria como reflejo de la situación socio económica del usuario o usuaria", agregó.


Registro de subsidios

No obstante, se evaluó como "prudente" la apertura del Registro de mantenimiento de subsidios, a modo de "solicitud de excepciones para aquellos usuarios y usuarias que justifiquen y acrediten mediante declaración jurada no estar en condiciones de afrontar los importes tarifarios resultantes de una reducción del subsidio aplicado".


Los requisitos para acceder al beneficio de ese registro serán similares a los que rigen para los usuarios de energía eléctrica y gas, entre los que sobresale tener ingresos netos menores a un valor equivalente a dos Canastas Básicas Totales (CBT).


La norma aclara que AySA. "a través de sus oficinas, deberá realizar la atención presencial, facilitando la carga digital para aquellas personas que no tienen acceso a dicha tecnología, para lo cual habilitará la opción correspondiente en su sistema de turnos".


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